¿Violencia social o de Estado?

20 11 2008

Editorial

“la intensidad de la violencia no se mide sólo por los ataques a la vida y a la integridad de las personas,
sino, además, por la violación sistemática del derecho a vivir la vida dignamente”.

Irene Vasilachis de Gialdino, “Las otras formas de ser de la violencia”

En el México de inicios del siglo XX, ante la falta de representación real de las demandas e intereses de los distintos sectores sociales que de manera generalizada se insurreccionaron a partir de 1910, la nueva elite de poder revolucionaria recurrió a la violencia como medio de pacificación para lograr la conformación del Estado Moderno mexicano.

Este Estado se ha mantenido en paz a través del re-ordenamiento de territorios, poderes locales y leyes; del enaltecimiento de una identidad nacional en los hechos excluyente, racista y clasista; de un sistema político-social basado en tráfico de influencias, corrupción, abuso de autoridad; de represión de  Estado tanto abierta como encubierta, por medio de los cuerpos oficiales del orden y de otros no oficiales; de la marginación y explotación  de los más en favor de los menos. El sistema político en que se basa el Estado mexicano no es mas que una macroestructura que mantiene un falso orden y paz por medio de un ejercicio sistemático de la violencia.

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Para una crítica de la violencia

11 11 2008

Walter Benjamin

Escuela de Filosofía, Universidad ARCIS

edición electrónica de philosophia.cl

La tarea de una crítica de la violencia puede definirse como la exposición de su relación con el derecho y con la justicia. Porque una causa eficiente se convierte en violencia, en el sentido exacto de la palabra, sólo cuando incide sobre relaciones morales. La esfera de tales relaciones es definida por los conceptos de derecho y justicia. Sobre todo en lo que respecta al primero de estos dos conceptos, es evidente que la relación fundamental y más elemental de todo ordenamiento jurídico es la de fin y medio; y que la violencia, para comenzar, sólo puede ser buscada en el reino de los medios y no en el de los fines. Estas comprobaciones nos dan ya, para la crítica de la violencia, algo más, e incluso diverso, que lo que acaso nos parece. Puesto que si la violencia es un medio, podría parecer que el criterio para su crítica esta ya dado, sin más. Esto se plantea en la pregunta acerca de si la violencia, en cada caso específico, constituye un medio para fines justos o injustos. En un sistema de fines justos, las bases para su crítica estarían ya dadas implícitamente. Pero las cosas no son así. Pues lo que este sistema nos daría, si se hallara más allá de toda duda, no es un criterio de la violencia misma como principio, sino un criterio respecto a los casos de su aplicación. Permanecería sin respuesta el problema de si la violencia en general, como principio, es moral, aun cuando sea un medio para fines justos. Pero para decidir respecto a este problema se necesita un criterio más pertinente, una distinción en la esfera misma de los medios, sin tener en cuenta los fines a los que éstos sirven.

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